
MARGEN DE ERROR DEL RADAR MÓVIL DE TRÁFICO DE UBICACIÓN FIJA.
El Tribunal Supremo ha establecido criterio del margen de error de los radares móviles situados en ubicación fija.. En base a este criterio el Supremo ha confirmado la condena penal a un conductor grabado a 214 kilómetros por hora al aplicarle un margen del 5 y no del 7 por ciento. La Sala de lo Penal establece que los radares móviles de tráfico que realizan la medición de la velocidad desde una ubicación fija, en trípodes o en coches parados, tienen un margen de error del 5% y no del 7%, por lo que atribuye a este tipo de dispositivos el mismo porcentaje que a los fijos.
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